PROYECTO DE EXCEPCIÓN CONCEDE MÁS ATRIBUCIONES AL GOBIERNO

junio 5, 2026

La propuesta aprobada en el Senado amplía la duración de las medidas extraordinarias, facilita su ratificación legislativa y habilita nuevas acciones contra personas, bienes y actividades durante situaciones de conflicto.

El Proyecto de Ley PL-505/25 de Estados de Excepción superó su primera gran prueba política con la aprobación en la Cámara de Senadores y ahora se encamina hacia la Cámara de Diputados. Aunque el Gobierno sostiene que la iniciativa busca adecuar la normativa a los alcances de la Constitución Política del Estado, la comparación con la Ley 1341 revela cambios que fortalecen las atribuciones del Ejecutivo y amplían la capacidad de actuación de la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas durante periodos excepcionales.
Las modificaciones alcanzan a varios artículos que regulan la declaratoria, aplicación, supervisión y control de las medidas extraordinarias. Entre ellas sobresale la ampliación del tiempo durante el cual podrá mantenerse vigente un estado de excepción.
La Ley 1341 establece actualmente un límite máximo de 60 días. El proyecto aprobado por el Senado eleva ese plazo a 90 días. Esto significa que las restricciones especiales podrán extenderse durante tres meses continuos antes de concluir o antes de una eventual ampliación autorizada por la Asamblea Legislativa Plurinacional.
La iniciativa también introduce una nueva causal para activar este mecanismo. A las amenazas externas, la conmoción interna y los desastres naturales se suma el denominado “peligro para la seguridad del Estado”. La propuesta señala que este concepto comprende la protección de la soberanía, el territorio nacional y las instituciones democráticas frente a riesgos internos o externos.
La incorporación de esta figura es observada con atención por organizaciones sociales debido a que amplía las circunstancias bajo las cuales el Ejecutivo puede recurrir a medidas excepcionales. La preocupación radica en que conflictos sociales, movilizaciones masivas, bloqueos o protestas prolongadas puedan ser interpretados por las autoridades como una amenaza a la seguridad estatal.
Otro de los cambios se encuentra en los requisitos exigidos para emitir la declaratoria. La Ley 1341 obliga al Gobierno a justificar de manera detallada por qué las herramientas ordinarias del Estado no son suficientes para enfrentar una situación determinada. Además, exige fundamentar las restricciones que pretende aplicar.
El nuevo proyecto reduce esos requerimientos. La propuesta establece una exposición general de motivos y elimina varias exigencias específicas de fundamentación presentes en la legislación vigente, otorgando un margen de decisión más amplio al Ejecutivo.
La forma de aprobar la declaratoria también registra modificaciones. La normativa actual exige que el estado de excepción sea aprobado mediante Decreto Supremo adoptado en Consejo de Ministros. El texto aprobado por el Senado elimina esa referencia expresa y señala únicamente que la medida será emitida mediante Decreto Supremo.
Sin embargo, el aspecto que más observaciones ha generado se encuentra en las facultades que podrán ejercer las fuerzas de seguridad durante la vigencia del estado de excepción.
La propuesta autoriza a la Policía Boliviana y a las Fuerzas Armadas a proceder al arresto y traslado de personas que incumplan las restricciones establecidas. Aunque la norma fija límites temporales para estas medidas, la disposición representa una ampliación respecto a la Ley 1341, que mantenía un tratamiento más restrictivo sobre las limitaciones a la libertad personal.
El proyecto también incorpora la posibilidad de aplicar medidas como la clausura de establecimientos privados, la intervención de determinadas actividades y el secuestro de bienes. Estas atribuciones alcanzan una dimensión sensible para sectores movilizados debido a que podrían afectar vehículos, locales comerciales, equipos u otros bienes vinculados a actividades desarrolladas durante conflictos sociales.
En paralelo, la participación de las Fuerzas Armadas adquiere mayor relevancia dentro de los operativos de control. Aunque la Policía conserva la conducción principal de las acciones destinadas a preservar el orden público, el proyecto establece que el Ejecutivo podrá disponer apoyo extraordinario militar cuando considere que la capacidad policial ha sido superada en casos de conmoción interna.
A esta situación se suma otra disposición incluida en el texto aprobado. La norma establece que las actuaciones realizadas por policías y militares durante la vigencia del estado de excepción gozarán de presunción de legalidad. En términos prácticos, los procedimientos ejecutados por ambas instituciones contarán con un reconocimiento inicial de legitimidad mientras se desarrollen dentro del marco excepcional.
Los cambios también alcanzan a los mecanismos de control institucional. La Ley 1341 permite actualmente que la Asamblea Legislativa modifique, limite, suspenda o incluso concluya anticipadamente un estado de excepción. El proyecto elimina esas atribuciones expresas y reduce la capacidad de intervención parlamentaria sobre las decisiones adoptadas por el Ejecutivo.
La obligación de presentar informes periódicos también se modifica. La legislación vigente exige reportes frecuentes dirigidos a distintas entidades del Estado, entre ellas la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General, la Procuraduría, el Ministerio Público y el Órgano Judicial. La nueva propuesta disminuye esas exigencias y simplifica los mecanismos de seguimiento.
La aprobación legislativa también se vuelve más accesible. Mientras la Ley 1341 requiere mayoría absoluta del total de miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional, el proyecto aprobado en Senadores establece mayoría absoluta de los legisladores presentes en la sesión. La diferencia reduce el umbral necesario para ratificar la medida.
Asimismo, desaparecen varias disposiciones relacionadas con la responsabilidad de autoridades, policías y militares. La normativa vigente contempla responsabilidades civiles, administrativas y penales, además de controles específicos sobre la ejecución de órdenes. El nuevo texto reduce varios de esos alcances y modifica los procedimientos de supervisión.
La propuesta que ahora deberá ser tratada por Diputados configura un esquema distinto al vigente desde 2020. Con más tiempo para aplicar restricciones, nuevas causales para activar el estado de excepción, facultades ampliadas para arrestar personas, intervenir actividades, clausurar establecimientos y disponer apoyo militar, además de una reducción de controles legislativos e institucionales, el proyecto ha despertado inquietud entre organizaciones sociales, sindicatos, gremiales y sectores movilizados que consideran que la norma incrementa el poder del Ejecutivo en momentos de conflicto y disminuye los mecanismos de fiscalización sobre las decisiones adoptadas durante esos periodos extraordinarios.

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