La eliminación del IEHD y del gravamen arancelario para importar gasolina y diésel abre un nuevo esquema tributario que reduce ingresos estatales y favorece a operadores privados.
La aprobación del Decreto Supremo 5644 modificó las condiciones tributarias para la importación de combustibles en Bolivia. La norma elimina el cobro del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) y reduce a cero el Gravamen Arancelario (GA) para determinadas importaciones de gasolina, una decisión que, desde la oposición, representa una disminución deliberada de los ingresos del Estado para beneficiar a quienes ingresarán al negocio privado de los carburantes.
Las disposiciones finales del decreto establecen que el IEHD será de 0,00 bolivianos por litro para las importaciones de diésel y gasolinas hasta el 31 de diciembre de 2030. Se trata de un impuesto específico que antes debía pagarse por litro de combustible y que constituía una fuente de recaudación para el Tesoro General del Estado.
La norma también dispone que el Gravamen Arancelario para varias subpartidas de gasolinas se reduzca al 0% hasta el 31 de diciembre de 2026. Con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, esas importaciones estaban gravadas con un arancel del 10%, porcentaje que dejará de cobrarse durante la vigencia del beneficio.
Ambas decisiones significan que el Estado renuncia voluntariamente a dos tributos importantes con el propósito de hacer más atractivo el negocio de la importación privada. Bajo este esquema, las empresas que traigan gasolina y diésel desde el exterior asumirán una carga tributaria mucho menor que la existente hasta antes de la promulgación del Decreto Supremo 5644.
Las críticas señalan que el beneficio no consiste únicamente en autorizar la participación de nuevos operadores, sino en ofrecerles ventajas fiscales que reducen significativamente sus costos de importación. Al eliminar el pago del IEHD y del Gravamen Arancelario, el Gobierno disminuye el monto que los importadores deben cancelar al Estado para introducir combustibles al mercado nacional.
Mientras la exención del Gravamen Arancelario estará vigente hasta finales de 2026, la eliminación del IEHD se extenderá hasta diciembre de 2030. Para la oposición, ese plazo demuestra que no se trata de una medida temporal de corto alcance, sino de una política tributaria diseñada para mantenerse durante varios años.
El texto del decreto establece de forma expresa una alícuota de «0,00 Bs/Lt» para el IEHD y fija el Gravamen Arancelario en «0%» para las subpartidas detalladas en la disposición correspondiente. Ambos beneficios reducen de manera directa la obligación tributaria de los importadores privados.
Esta decisión llega cuando el país enfrenta una reducción de ingresos fiscales y dificultades para financiar el gasto público. Bajo esa lectura, mientras el Estado deja de recaudar recursos provenientes de impuestos y aranceles, los grandes consorcios que participarán en la importación de gasolina y diésel reciben un tratamiento tributario preferencial. El Decreto Supremo 5644 traslada el costo de esos incentivos a las finanzas públicas y consolida un esquema en el que la recaudación estatal disminuye para facilitar la expansión del negocio privado de los combustibles.
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